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Aspectos destacados del futuro nuevo Reglamento de Alumbrado Exterior y la Directiva RoHS

Aspectos destacados del futuro nuevo Reglamento de Alumbrado Exterior y la Directiva RoHS

A lo largo de este año, la industria de la iluminación está pendiente de la aprobación del nuevo Reglamento de Instalaciones de Alumbrado Exterior, que se suma a la entrada en vigor de las directrices de la Directiva RoHS.

Unos cambios de normativa que ponen foco en limitar la contaminación lumínica y reducir la luz intrusa o molesta en el alumbrado exterior y vial, además de aumentar el ahorro energético y disminuir las emisiones de efecto invernadero.

Como previo a la aprobación del nuevo reglamento, el Gobierno ya actualizó, de forma urgente, la ITC-EA-01 del Reglamento de Alumbrado Exterior, que entró en vigor en enero de este año. En ella se introducen mejoras y se refuerza la protección de los consumidores ante la crisis energética actual, dando cumplimiento a 18 de las 73 medidas del Plan Más Seguridad Energética.

La finalidad de esta renovación de las normativas es contemplar las nuevas tecnologías de alumbrado que no figuraban en el anterior reglamento de 2008, y aumentar la exigencia de la eficiencia energética de las instalaciones de alumbrado exterior.

 

Mayor eficiencia energética y sostenibilidad: objetivo del nuevo Reglamento de Alumbrado Exterior

La aplicación del nuevo Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior afecta a toda nueva instalación de alumbrado, tanto de índole pública como privada, de más de 1 kW de potencia instalada y a las reformas de importancia de las instalaciones existentes.

Entre los cambios ya realizados en la instrucción ITC-EA-01 podemos destacar:

  • Se incrementan los requisitos de eficiencia energética mínima y de referencia (de media, un 119% en alumbrado funcional y un 163% en ambiental). Las nuevas instalaciones tendrán que contar con la tecnología LED para poder alcanzar los mínimos requeridos y las máximas calificaciones A o B.
  • Se establece un nuevo requisito de potencia máxima instalada por unidad de superficie (PU [W/m2]). Esto exige aumentar los factores de utilización de la instalación. Es decir, iluminar exclusivamente las zonas deben contar con iluminación (aceras, viales, carriles bici…) y no las otras zonas adyacentes que no lo requieran (jardines, espacios privados de edificios o parcelas, fachadas, etc).
  • La etiqueta de la calificación energética tendrá las dimensiones y diseño que marca la nueva Instrucción (11×22 cms.). También, deberá ser de mental y colocarse en el exterior del cuadro de alumbrado, de forma fácilmente legible y sustituible.

 

Respecto a los objetivos del reglamento de reducir la contaminación lumínica, las instalaciones también deberán ajustarse a los requisitos establecidos en la ITC-EA-03, donde será obligatorio definir un horario de funcionamiento en el que van a estar operativas o funcionando las luminarias.

Esto se aplicará a las nuevas instalaciones y a sus modificaciones y ampliaciones de más de 100 W de potencia instalada incluidas en las instrucciones técnicas complementarias (ITC-BT) del REBT.

Por su parte, las instalaciones de alumbrado existentes antes de la entrada en vigor del nuevo reglamento, que tengan niveles de iluminación superiores al doble de lo establecido en la ITC-EA-02, deberán llevar a cabo modificaciones o actualizaciones en el plazo de 5 años para los municipios de más de 20.000 habitantes, periodo que se amplía hasta los ocho años para el resto de municipios.

 

¿Cómo afecta la entrada en vigor de la Directiva RoHS a los productos de iluminación?

La Directiva RoHS, ya en vigor, limita el uso de diez sustancias peligrosas halladas con frecuencia en los aparatos eléctricos y electrónicos, tales como el mercurio, siendo esta la más habitual en ciertas tecnologías de iluminación.

De esta forma, la directiva busca reducir la contaminación y prevenir daños medioambientales causados por estas sustancias prohibidas, como, por ejemplo, los procesos de reciclado y eliminación de residuos, además de intentar reducir los riesgos para la salud asociados con la exposición del ser humano a ellas.

La directiva RoHS, además de la fabricación, también prohíbe la importación de productos que pongan en riesgo la vida de las personas y la sostenibilidad del planeta.

Así, los cambios establecidos sobre esta normativa, por la Comisión Europea, tras la revisión de las excepciones definidas en su anexo III son los siguientes:

  • Prohíbe la fabricación de todas las lámparas fluorescentes compactas con casquillo (CFLni) desde el 25 de febrero de 2023.
  • Prohíbe la fabricación de todas las lámparas fluorescentes T5 y T8 a partir del 25 de agosto del próximo año.
  • Incluye una extensión de la exención para lámparas HPD de 3 a 5 años y la misma extensión de la exención en el caso de las lámparas de uso especial, como, por ejemplo, las lámparas UV-C.

Con estas modificaciones, se prohíbe, por tanto, la fabricación y comercialización en suelo europeo de los citados productos en la fecha establecida, pero autoriza a vender y utilizar el stock existente almacenado.

 

Estas normativas son parte de las nuevas que están por llegar, con las que se abordarán aspectos como la regulación del derecho a la reparación, la sostenibilidad en la construcción de los productos y la taxonomía verde.

Además, la Comisión Europea ya ha presentado, dentro del Pacto Verde Europeo, la “Iniciativa de productos sostenibles” (SPI), que incluye una propuesta relativa al nuevo reglamento sobre diseño ecológico y productos sostenibles (ESPR), de especial interés para la industria de la iluminación. Y, también prevé una revisión y actualización de los reglamentos sobre residuos como el DMR y la directiva sobre RAEE.

Toda una serie de cambios que afectan al sector de la iluminación y que requerirán un esfuerzo de adaptación. Desde Genia Energy Solutions seguimos de cerca todos estos cambios normativos y ponemos a tu disposición nuestro Know-how en soluciones de iluminación inteligentes, sostenibles y eficientes, acorde con los requerimientos de las nuevas normativas.